Cómo votar por correo en las elecciones de Extremadura 2025: fechas y plazos
Así es el proceso para poder emitir el voto por correspondencia en las elecciones autonómicas del 21 de diciembre

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Los extremeños tienen una cita con las urnas. La presidenta regional,María Guardiola, anunció el 27 de octubre laconvocatoria anticipada deelecciones autonómicas, ante la imposibilidad de sacar adelante los Presupuestos. Los comicios se celebrarán eldomingo 21 de diciembre.
Los electores que decidanvotar por correo en laselecciones a la Asamblea de Extremadura 2025 ya pueden iniciar el proceso para emitir sus votos.
El primer paso essolicitar el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Este certificado esrequisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia ydebe solicitarse antes del 11 de diciembre de 2025. El certificado se puede obtener de dos maneras:
- Porvía telemática: a través de la webcorreos.es y acreditando la identidad del elector medianteautenticación (DNI electrónico y otros sistemas autorizados) y firma electrónica.
- De manerapresencial: en cualquieroficina de Correos, presentando elDNI,pasaporte ocarnet de conducir originales. Se debe solicitar el impreso para votar por correo, que también puede ser previamente descargadoaquí. Se recomienda pedir cita previa en la app, web u Oficina Virtual de Correos.
Cabe destacar que, en caso de que el elector no pueda acudir a Correos porenfermedad o discapacidad acreditada, la solicitud puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente. El servicio notarial esgratuito; el notario se desplazará al domicilio, hospital o residencia del elector.
El servicio de Correos remitirá la solicitud de voto por correo, en el plazo de tres días, a la Oficina del Censo Electoral. Este registrará que el elector ha solicitado votar por correo y, por tanto, que no podrá emitir su voto en la mesa electoral. Posteriormente,a partir del 1 de diciembre, le remitirá por correo certificado, al domicilio que haya indicado en el impreso, la siguientedocumentación:
- Laspapeletas y lossobres electorales.
- El certificado de inscripción en el censo.
- Unsobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le corresponda votar.
- Unahoja explicativa del procedimiento de votación.
Esta documentación certificada también debe ser recogida personalmente por el elector, ya sea en el domicilio por él indicado o en la oficina de Correos. El aviso de recibo acreditativo de la recepción de la documentación deberá ser firmado por el interesado previa acreditación de su identidad. Si no estuviese en su domicilio, tendrá que ir personalmente a recogerla a la oficina de Correos correspondiente.
Cómo votar por correo en las elecciones de Extremadura 2025
- El elector escogerá la papeleta de voto, la introducirá en el sobre y lo cerrará.
- Introducirá el sobre de votación y el certificado del censo en el sobre dirigido a la mesa electoral.
- Entregar el sobre en cualquier oficina de Correos, remitiéndolo por correo certificado (no necesita franqueo)antes del día 17 de diciembre, fecha límite para depositar el voto por correo. No es necesario que el elector acuda personalmente a la Oficina de Correos a certificar el sobre de votación, sino que podrá hacerlo otra persona en su nombre.
El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las Mesas Electorales y la trasladará a dichas Mesas a las 9:00 horas. Asimismo, seguirá dando traslado de la que pueda recibirse en dicho día, hasta las 20 horas del mismo.
¿Quién puede pedir el voto por correo?
Loselectores residentes en España y losresidentes en el extranjero con derecho a voto que estén temporalmente en Españapueden pedir el voto por correo.No pueden solicitarlo los residentes en España que temporalmente estén en el extranjero. Por otra parte, aquellos residentes en el extranjero deben emitir sus votos a través de los procedimientos CERA/ERTA.